La pasada semana hablábamos de que este año, como novedad, en el Calendario Oficial de Peregrinaciones Extraordinarias se habían incorporado seis Hermandades No Filiales que celebrarán su Misa propia en el Santuario. Los motivos de la elección de estas Hermandades (Albaida del Aljarafe-Sevilla, Santa Fe-Granada, Cornellá-Barcelona, San Antonio de Portmany-Ibiza, Chiclana y Chipiona-Cádiz), y no de otras, eran la antigüedad y la buena trayectoria. Lo que suponía un paso intermedio entre su erección canónica y el otorgamiento del título de Filial.
A partir de esa reseña que hacíamos el pasado sábado nos han llegado algunos correos preguntando por el sistema que aplica la Hermandad Matriz para admitir nuevas Hermandades Filiales. Atendiendo a las dudas de nuestros lectores nos adentramos en el Título VI de las Reglas y Reglamento de la Pontificia, Real e Ilustre Hermandad Matriz de Ntra. Sra. del Rocío de Almonte y extraemos un resumen de los artículos 70, 71 y 72 que nos hablan sobre este asunto.
Existe una "Comisión de Hermandades" que es la encargada de realizar una preselección de Hermandades entre las No Filiales candidatas a ostentar el Título de Filial. Esta primera criba se realiza para evitar una complicada y desigual elección entre el elevado número de Hermandades candidatas. Para ello esta Comisión atiende a unos criterios objetivos:
1º Que tengan, al menos, cinco años de antigüedad desde su erección canónica.
2º Que pertenezcan a alguna de las Diócesis andaluzas o
3º Que pertenezcan a alguna capital de Diócesis donde no exista Hermandad Filial.
Posteriormente, la Junta de Gobierno de la Hermandad Matriz, reunida en Cabildo Extraordinario de Oficiales, decidirá a cual o cuáles otorga el Título de Filial de entre ese grupo de Hermandades preseleccionadas por la Comisión de Hermandades. Atendiendo al siguiente procedimiento:
1º Decisión, sobre si se se admite o no alguna nueva Hermandad Filial.
2º Decisión, sobre el número de Hermandades que se admitirán como Filial.
3º Decisión relativa a cuáles serán las Hermandades admitidas, de entre las seleccionadas por la Comisión. Por resumir un poco el proceso de votación, cada miembro de la Junta votará individualmente cuáles serán las admitidas, de no haber mayoría se hace una segunda votación entre las dos Hermandades más votadas en la primera vuelta. Cada miembro votará sólo una de las Hermandades y ningún miembro de la Junta deberá abstenerse. Se realizarán sucesivas votaciones hasta obtener la mayoría absoluta. Este proceso se repetirá tantas veces como número de Hermandades se hubiera acordado admitir.
La Junta valorará determinados criterios subjetivos para elegir las Hermandades seleccionadas. Criterios como los siguientes:
1º Número de hermanos
2º Participación en actividades parroquiales
3º Aportaciones realizadas a programas de acción caritativo y social
4º Etc
Para tal fin se pide a las Hermandades candidatas y a su Director Espiritual certificado expresivo de los datos antes mencionados y de cualquier otro que estimase conveniente.
Pues ese es el método a seguir para la admisión de nuevas Hermandades Filiales, complejo seguro para la Comisión y para la Junta pero claro de entender. Sin trampas, sin cartón y sin enchufes. Aquí el Título de Filial se ha de ganar a pulso, trabajando día a día. Si usted es hermano de alguna Hermandad No Filial, de alguna Asociación Rociera... Ánimo y a seguir luchando. 107 Filiales y 40 No Filiales a la espera de la decisión final.
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